@GobTlajomulco aprueba Código de Ética
Son 26 artículos y cuatro transitorios, a los que los servidores de Tlajomulco, tendrán que regirse.
Se creará un Consejo de Ética Pública del municipio, quien será el encargado del cumplimiento de este código.
Tlajomulco, Jalisco a 20 de octubre de 2017.- En la primera sesión ordinaria del Ayuntamiento de Tlajomulco, correspondiente al mes de octubre, se aprobó por unanimidad, la implementación del Código de Ética y Conducta para los Servidores Públicos del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga y su Administración Pública Paramunicipal.
Con la finalidad de aportar al compromiso del gobierno con la sociedad, de frenar el impacto negativo del fenómeno de la corrupción que genera prácticas nocivas, en el quehacer público, así como las principales directrices de la presente administración que son: la rendición de cuentas y el respeto al derecho del acceso a la información pública que tienen los ciudadanos; esto para avanzar en la confianza adquirida de la ciudadanía, por las instituciones del Gobierno Municipal.
Con la instauración de un Código de normas éticas institucionales, se exaltarán los valores del servicio público, lo que incide en una administración pública con una imagen renovada, cálida, privilegiando la honradez, eficiencia, responsabilidad, solidaridad, inclusión, respeto institucional y de los derechos humanos, sin distinción alguna.
Además con esta implementación, se busca que los servidores públicos, pongan en práctica, un conjunto de valores y principios, reglas generales de conducta, para hacer posible una transformación en la actitud del servidor público, y que esta se traduzca en una mayor disposición y vocación de servicio, exhortándolo a respetar las normas legales, éticas, para conducir su actuación, mediante un sentido de rectitud. Reconociendo como primera obligación, el realizar su trabajo con amabilidad, sentido de justicia, equidad, y transparencia, procurando siempre enaltecer y honrar con todos sus actos y en todo momento, a la institución, la cual presta sus servicios a la sociedad.
Para poner en práctica y vigilar de manera cercana que cada uno de sus artículos, los servidores públicos del municipio se apeguen a él, se creará un Consejo de Ética Pública del Municipio, el cual será un cuerpo colegiado, encargado de vigilar el cumplimiento del presente código, además de contar con las facultades para evaluar y determinar el reconocimiento o remitir las quejas o denuncias por algún incumplimiento a este código, realizadas por algún servidor público de la administración Pública Municipal y Paramunicipal del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco, así como sus contratistas y prestadores de servicios social.
El Consejo de Ética Pública del Municipio de Tlajomulco, estará integrado por:
· El Presidente Municipal, (tendrá voto de calidad en caso de algún empate).
· Un representante de los Regidores de oposición, designado por el Ayuntamiento.
· El Director General de Transparencia, el cual fungirá como Secretario Técnico.
Las facultades que tendrá este Consejo de Ética Pública Son:
· Difundir los principios y valores de este código.
· Recibir quejas o denuncias respecto a servidores públicos de la administración pública municipal, paramunicipal de Tlajomulco, contratistas, prestadores de servicio social, que incumplan con lo establecido en dicho en este código.
· Determinar las acciones sobresalientes o que destaquen en el desempeño de la función, de los servidores públicos de la administración pública municipal, paramunicipal de Tlajomulco, contratistas, prestadores de servicio social.
· Entregar reconocimientos a los servidores públicos que integran la administración pública municipal y paramunicipal de Tlajomulco, así como a sus proveedores, contratistas, prestadores de servicio social.
· Remitir las quejas o denuncias a la Contraloría, para la sustanciación de los procedimientos correspondientes.
El Código de Ética y Conducta para los Servidores Públicos del Municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco y su Administración Paramunicipal, está conformado por 26 artículos, así como cuatro artículos transitorios, destacando el siguiente:
Artículo 7.- Los servidores públicos ejercerán sus funciones con los valores y principios éticos siguientes:
Adiestramiento, armonía, capacidad, dignidad y decoro, discreción, ejercicio adecuado del cargo, equidad, evaluación, honradez, idoneidad, igualdad del trato, independencia de criterio, justicia, legalidad, obediencia, obligación de denunciar, practicidad, probidad, prudencia, responsabilidad, solidaridad, templanza, transparencia, uso de información, uso adecuado de los bienes del municipio, uso adecuado del tiempo de trabajo, veracidad y vocación de servicio.
Este Código que regirá a los servidores públicos de Tlajomulco, incluidos Organismos Públicos Descentralizados (OPD´s) del municipio, se dará a conocer a través de la Dirección de Recursos Humanos, donde los servidores públicos deberán firmar constancia de su conocimiento.
Además, en los contratos que suscriba el municipio, así como también los la administración paramunicipal, con sus contratistas, proveedores, constructores de obra pública, prestadores de servicio social y aquel que por cualquier concepto reciba o administre recursos o bienes públicos, se establecerá una cláusula donde se haga de su conocimiento el presente código, para que se obliguen a cumplirlo y en su caso, a sujetarse a los mecanismos y organización para la participación ciudadana en los términos establecidos en dicho ordenamiento municipal.